Nuevas medidas como consecuencia del análisis de la situación epidemiológica
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A partir del 1° de octubre se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando estamos circulando en forma individual, burbuja en todos los casos cuando NO haya aglomerado de personas.
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Continúa siendo obligatorio el uso de tapaboca en lugares cerrados (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas.
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Reuniones sociales sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.
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Aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.
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Autorización de discotecas con aforo del 50%, con esquema de vacunación (1° dosis). ES LA ACTIVIDAD DE MAYOR RIESGO, TENIENDO EN CUENTA LA VARIANTE DELTA
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Salones de fiestas, bailes o actividades similares: habilitado para personas que acrediten esquema de vacunación (1° dosis). Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.
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Eventos masivos de más de MIL (1000) personas. A partir del 1 de octubre se habilita con aforo del 50%, y se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos.
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